Siempre enfatizamos que hay muchas maneras de dolarizar oficialmente una economía. Una alternativa que el economista Jorge Ávila viene proponiendo desde 2004 requiere como pre-condición para su implementación, internacionalizar completamente el sistema bancario local. Es decir, permitir que sólo bancos extranjeros con calificación crediticia “AAA” puedan desarrollar la actividad de banca comercial minorista dentro del territorio argentino. La ventaja obvia de este esquema es que los bancos centrales de aquellos países donde estos bancos tienen su casa matriz actuarían como prestamistas de última instancia, por lo cual una corrida bancaria tendría bajísima probabilidad de ocurrencia. En un mundo ideal esta alternativa ofrecería la máxima protección a los depositantes, ya que el gobierno argentino no podría vulnerar derechos adquiridos en jurisdicciones extranjeras.1 Según Ávila, no se debería avanzar con la dolarización oficial sin una internacionalización bancaria como la que propone.
Disentimos con esta opinión. Por varias razones bastante obvias sería muy difícil, sino imposible, implementar esta reforma. Para empezar, enfrentaría de inmediato la oposición de todo el sistema bancario local, que se vería forzado a cerrar sus puertas o buscar en condiciones desventajosas algún tipo de acuerdo operativo con aquellos bancos extranjeros con calificación crediticia AAA que quisieran operar en el territorio argentino.2 Esto provocaría de inmediato una caída abrupta en la capitalización bursátil de aquellos bancos que cotizan en la bolsa. Teniendo en cuenta que los bancos representan un porcentaje importante del Índice Merval, la caída en el valor de sus acciones afectaría a todo el mercado argentino. Inaugurar una dolarización de esta manera no sería muy auspicioso, especialmente teniendo en cuenta que los principales bancos también cotizan en la Bolsa de Nueva York.
Aun si ignoráramos esta cuestión, debido a las múltiples regulaciones (anti-lavado, financiamiento del terrorismo, FATCA, etc.) y los estrictos requerimientos de “conoce a tu cliente” (KYC) que deben cumplir los bancos establecidos en jurisdicciones confiables para abrir nuevas cuentas bancarias, les resultaría muy complicado comenzar a operar rápidamente en la Argentina. El desafío logístico no es menor, ya que actualmente existen 6,5 millones de cuentas corrientes y casi 22 millones de titulares de tarjetas de crédito. Es decir que la implementación práctica de este esquema requeriría un tiempo considerable lo cual aumentaría las chances de reversión y le restaría credibilidad.
Otro detalle a considerar, es que según el criterio que impone Ávila para su propuesta, sólo un pequeño número de bancos internacionales estaría autorizado a operar en Argentina. Actualmente ni en Estados Unidos ni en Reino Unido hay bancos comerciales con calificación crediticia AAA (por ejemplo, JP Morgan Chase tiene calificación AA; Citibank, A+; BBVA, A y Santander, A+). En Europa continental hay sólo siete bancos con esta calificación: KfW, Caisse des Dépôts et Consignations (CDC), Bank Nederlandse Gemeenten, Zarcher Kantonalbank, Landwirtschaftliche Rentenbank, Rabobank Group y Nederlandse Waterschapsbank. Ninguno de estos bancos tiene la infraestructura para captar depósitos en territorio argentino y aun si la tuviera es altamente improbable que quisiera desarrollar este negocio ya que ello podría afectar negativamente su calificación AAA (y por ende su principal negocio).
Incluso si se relajara la restricción para operar en la Argentina a una calificación crediticia A- o superior, luego de la crisis global de 2008, la estrategia de banca minorista de los bancos comerciales más grandes del mundo ha sido la de concentrarse en sus propios mercados y desinvertir de economías emergentes. Tal ha sido el caso, por ejemplo, de Citibank, que hace varios años vendió su red de sucursales en la Argentina y recientemente anunció que vendería las que tiene en México y trece países emergentes de Asia y Europa.
Otro inconveniente es que el volumen de crédito asignado a la economía argentina dependería de una decisión en la casa matriz de estos bancos. En teoría es no debería ser un problema ya que supuestamente la asignación a la Argentina debería ser, ceteris paribus, proporcional PBI. Sin embargo, en la práctica existe lo que se conoce como “home bias”, que es la tendencia de inversores a favorecer oportunidades de inversión bajo jurisdicción doméstica. Este fenómeno también se evidencia en en la extensión del crédito bancario.
Por otro lado, habría que ver que posición adoptarían los bancos centrales extranjeros con responsabilidad de supervisar aquellos bancos que quisieran operar en el territorio argentino. Dada la incertidumbre asociada a la economía argentina y su sistema bancario, es muy probable su oposición, al menos en el corto y mediano plazo. Toda la evidencia sugiere que los bancos extranjeros con calificación AAA dispuestos a operar en territorio argentino conforman un conjunto vacío, al menos por ahora.
Más importante aún que todas las consideraciones arriba apuntadas, es que, desde el punto de vista legal, es altamente probable que la internacionalización bancaria tal como la propone Ávila fuera considerada inconstitucional. Para empezar, implicaría una violación de varios artículos de la Constitución Nacional: el 14 que otorga a todo habitante de la Nación el derecho de desarrollar y ejercer una “industria lícita”, el 16, que establece la igualdad ante la ley de ciudadanos argentinos y extranjeros, y el artículo 20 que otorga a los ciudadanos extranjeros los mismos derechos que a un argentino para desarrollar cualquier industria lícita. En este caso se daría una situación absurda: los extranjeros gozarían del privilegio exclusivo de ejercer una actividad –la intermediación financiera– que se le negaría a los argentinos.
Por otro lado, aun cuando según la jurisprudencia de la Corte los ciudadanos argentinos y extranjeros no tienen un derecho adquirido a un régimen jurídico determinado (en este caso, el actual régimen bancario), una reforma como la que propone Ávila debería ser justificada en una razón de interés general que, por lógica y evidencia, deje poco margen de discusión en los tribunales. Sería difícil argumentar que tal interés sea el de eliminar el riesgo de confiscación de los depósitos o sus reservas por parte del propio Estado. Por lo tanto, sería de esperar que los accionistas de los 35 bancos privados de capital nacional, varios bancos extranjeros con calificación crediticia inferior a “AAA” que actualmente operan en el país (tales como Itaú, BBVA y Santander) y numerosas entidades financieras habilitadas para captar depósitos e intermediar fondos cuestionen judicialmente, y con buenas perspectivas de ganar, la reforma propuesta. Recordemos que en la Argentina, la resolución de este tipo de litigios suele insumir entre cinco y diez años, lo cual generaría un nivel de incertidumbre que incidiría negativamente sobre la decisión de cualquier banco extranjero de establecer su propia red de sucursales en el territorio nacional o adquirir alguna existente. Por lo tanto socavaría la credibilidad de la reforma.
La propuesta también es objetable desde un punto de vista filosófico. La idea de hacer pagar un alto costo al sector privado por los “pecados” del sector público es anatema con los principios del liberalismo que inspiran nuestro trabajo. En efecto, la internacionalización bancaria tal como la propone Ávila constituiría una confiscación lisa y llana de gran parte de las ganancias esperadas de los bancos de capital nacional y extranjero que hoy operan en territorio argentino, ya que el Estado no les otorgaría compensación alguna.
La evidencia demuestra que el crédito es condición necesaria para el crecimiento económico. Argentina tiene un mercado de capitales muy limitado, por lo tanto, la principal fuente del exiguo crédito al que pueden acceder la mayoría de las empresas son los bancos. Sólo empresas de primera línea pueden acceder al mercado internacional de capitales (y sólo cuando la prima de riesgo país se encuentra por debajo de 500 puntos básicos). Es decir que cualquier propuesta que como pre-condición implique “romper” el sistema bancario actual y reemplazarlo por otro supuestamente ideal pero imposible de implementar en la práctica debe ser desechada de plano, ya que implícitamente equivale a descartar la dolarización. Lo que hay que hacer es reformar el sistema bancario para que los bancos estén bien capitalizados y supervisados y en vez de prestarle al fisco canalicen el ahorro privado a usos productivos en el sector privado. Esta es la filosofía que inspira nuestra propuesta. La implementación admite distintas variantes.
[2] La probabilidad de que un banco argentino pueda reconfigurarse como tal en una jurisdicción extranjera y obtener una calificación crediticia AAA es cero.
Era la idea de Alberdi en 1853. La diferencia es que en aquel entonces no existían bancos privados nacionales ni había capitales nacionales.
La probabilidad de que un banco argentino pueda reconfigurarse como tal en una jurisdicción extranjera y obtener una calificación crediticia AAA es cero.
Parece muy razonable la refutación a la postura de Avila, pero sigo sin comprender como evitaríamos una corrida contra depósitos sin prestamista de última instancia, problema que se va a ver todavía más agravado por la creciente velocidad de circulación de la información como demuestran las recientes corrida en USA.